Mostrando entradas con la etiqueta custodia compartida. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta custodia compartida. Mostrar todas las entradas

domingo, 18 de marzo de 2012

Agradecimiento a todas las personas que se pasaron por nuestra mesa informativa por la custodia compartida, el sábado de 11 a 13h, en la Calle Real. Agradecimiento por los cientos de firmas, nuevos socios, y el gran interés mostrado.
Por el derecho intocable de los niños a convivir con sus padres.

jueves, 8 de marzo de 2012

Una joven de 25 años inicia una huelga de hambre para reivindicar la custodia compartida

http://www.telecinco.es/informativos/sociedad/huelga-hambre-reivindicar-custodia-compartida_0_1573043330.html
Una joven de 25 años ha iniciado este miércoles una huelga de hambre para reivindicar la custodia compartida, puesto que ella misma sufrió el "alejamiento forzoso de su padre", al que no tuvo acceso hasta que cumplió 21 años, según ha informado en un comunicado la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida (UEFACC).

viernes, 10 de febrero de 2012

http://www.youtube.com/watch?v=agz-6b-7TSA&feature=player_embedded
http://www.facebook.com/l.php?u=http%3A%2F%2Fwww.youtube.com%2Fwatch%3Fv%3Dagz-6b-7TSA%26feature%3Dplayer_embedded&h=iAQEWFTmTAQGzWS3OAkLilrEpeJs3O1OIf26WQLLfVTBHxg

Toni Cantó, UPyD, pide una ley de custodia compartida. 9-2-2012

http://www.libertaddigital.com/sociedad/2012-02-09/no-se-puede-acabar-con-la-violencia-de-genero-legislando-contra-los-hombres-1276449634/

"No se acabará con la violencia de género legislando contra los hombres"

UPYD SACA LAS VERGÜENZAS EN IGUALDAD

"Hay pocos hombres aquí, ninguno en la mesa que ocupa". De esta manera comenzaba el diputado de UPyD su comparecencia en la Comisión de Igualdad.

Sólo UPyD y el PNV han elegido como portavoces en la Comisión de Igualdad a un hombre. En el caso del partido liderado por Rosa Díez, su portavoz es el diputado Toni Cantó, que no ha dudado en ponerlo de manifiesto realizando la intervención más revolucionaria en este asunto.

"Para empezar le propongo un juego de agudeza visual; eche un vistazo a su alrededor y dígame si no hay algo que le llame la atención. Sí, ¿no?, a todos nos llama la atención. Hay pocos hombres aquí, ninguno en la mesa que usted ocupa", señalaba

lunes, 6 de febrero de 2012

Uso fraudulento de la ley de violencia de género

..."Y es que, desde la entrada en vigor de la Ley comentada anteriormente, algunas madres están haciendo un uso fraudulento de la Ley Integral contra la Violencia de Genero, denunciando falsamente por malos tratos al padre de sus hijos, solo por el hecho de evitar la custodia compartida. Con lo que ello conlleva, no solo faltar el respecto de las mujeres que realmente están siendo maltratadas, sino también provocar la detención inmediata del padre, teniendo que abandonar este el domicilio familiar y sus hijos. Y pesando sobre él desde ese mismo momento una orden de alejamiento que puede durar muchos meses, sin ni siquiera haber sido juzgado"...
Texto completo: http://www.diarioinformacion.com/opinion/2012/02/04/fraudulento-ley-violencia-genero/1219564.html

miércoles, 28 de diciembre de 2011


NUESTRO GRANITO DE ARENA:
El día 14 ha sido aprobada por el Parlamento de Canarias, la moción que insta al Gobierno de la Nación a establecer la Custodia Compartida como medida preferente en los procesos de divorcio.
Nuestra asociación Custodia Compartida ¡Ya! Lanzarote, agradece a todos los diputados, en especial al Grupo Popular y Mixto, a D. Victor Moreno del Rosario por su magnífica defensa de dicha moción, al resto del colectivo en Canarias, Custodia Compartida Gran Canaria AAPHS, Custodia Compartida Tenerife. Agradecer todas las muestras de apoyo recibidas.
Culmina de esta forma el trabajo que iniciamos en el mes de septiembre, sumándose esta moción a las más de 130 con las que la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida (UEFACC) cuenta a lo largo de toda España.
http://www.laopinion.es/sociedad/2011/12/15/canarias-reclama-custodia-compartida-prime-divorcios/385555.html

martes, 25 de octubre de 2011

Aconsejan a divorciado plantee demanda custodia compartida en Constitucional

La Audiencia Provincial de Murcia ha dicho en una sentencia en la que un hombre divorciado pedía que se le atribuyera en exclusiva la custodia del hijo menor o, alternativamente, la custodia compartida, que puede plantear la cuestión ante el Tribunal Constitucional (TC).

miércoles, 19 de octubre de 2011

Escándalo Judicial en el Caso del Juez Serrano: la Fiscalia se contradice

http://www.europapress.es/andalucia/noticia-fiscalia-superior-interesa-supremo-recurra-fallo-condeno-juez-serrano-20111019142622.html
Escrito a la Fiscalía del Supremo.
La Fiscalía Superior de Andalucía propone recurrir la condena al juez Serrano

GRANADA, 19 Oct.2011 (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía Superior de Andalucía, con sede en Granada, ha presentado este miércoles ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) un escrito en el que interesa que la del Supremo interponga recurso contra la sentencia que condenó por un delito de prevaricación culposa al juez de Familia Francisco Serrano, en el caso de la ampliación del turno de custodia de un menor para garantizar su salida en una procesión de la 'Madrugá' sevillana.

En declaraciones a Europa Press, el fiscal Arturo Gómez Pardo, que defendió la posición del Ministerio Público en el juicio que se siguió en el Alto Tribunal andaluz contra el magistrado de Sevilla, ha explicado que el escrito referido no es más que un anuncio, y que la presentación final del recurso depende en definitiva de la Fiscalía del Tribunal Supremo.

El Ministerio Público contará, para decidir si presentar o no recurso contra el fallo:
1.- con el propio texto de la resolución,
2.- con el voto particular que emitió uno de los magistrados del tribunal defendiendo la inocencia de Serrano,
3.- y el propio informe de la Fiscalía Superior andaluza, que está elaborando en estos momentos y que prevé remitir en tan sólo unos días.
Así, con el anuncio, la Fiscalía Superior se garantiza "no cerrar la puerta" a la posibilidad de que la del Supremo recurra el fallo.

Gómez Pardo ha reiterado su disconformidad con la sentencia, al considerar que la actuación del juez Serrano fue "imprudente" aunque no "manifiestamente injusta" y por lo tanto tampoco delictiva, y ha considerado que el voto particular del magistrado Jorge Muñoz viene a "avalar" la posición defendida por la Fiscalía, que modificó sus conclusiones provisionales pasando de solicitar 10 años de inhabilitación para el procesado a pedir su libre absolución.

"Nosotros consideramos que la actuación del juez Serrano había sido imprudente porque se había dejado llevar por una mal entendida urgencia, pero el voto particular va incluso más allá y da cierto espaldarazo a nuestro criterio", ha incidido el representante del Ministerio Público.

domingo, 16 de octubre de 2011

Carta ante la escandalosa condena al Juez Serrano, por F. Ferrín Calamita

Fernando Ferrín Calamita es magistrado en situación de suspensión de funciones, tras ser fiel a lo que en conciencia entendía el bienestar de una menor en un caso de adopción por una pareja de lesbianas; ejerce actualmente de abogado en Murcia, especializado en temas de familia.
Ya lo dijo Alfonso Guerra –hasta la disolución de las Cortes, Presidente de la Comisión Constitucional, que debe ser la que vela porque Montesquieu siga muerto- hace treinta años: “el que se mueva no sale en la foto”. Hoy se podría reciclar la frase y decir que el que ose ir contra lo políticamente correcto no saldrá en el siguiente escalafón del Cuerpo o profesión que ejerza.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha condenado al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano a dos años de inhabilitación por prevaricación culposa, al pago de las costas y a una indemnización a la madre del menor por 4.000 euros. Y ello por tener la osadía de atender el deseo de un niño, creo que de once años de edad, de prorrogar un día la estancia con el padre para poder salir en una procesión.
Texto completo:
La Fiscalía Superior también se muestra 'disconforme'

Un juez del tribunal que condenó a Serrano asegura que es 'inocente'

Europa Press @ 14-10-2011 16:14
Sevilla.- El magistrado del TSJA Jorge Muñoz dice en su voto particular que la actuación de Serrano "se circunscribe a atender el deseo del menor".
Uno de los tres magistrados integrantes del tribunal que condenó al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa ha formulado un voto particular anexo a la sentencia en el que expresa su "íntima convicción en la inocencia" del acusado, pues su actuación procesal "encuentra una explicación en derecho, con la que resulta posible la discrepancia incluso de forma frontal, pero sin que resulte posible afirmar que se actúa al margen del derecho o de forma inexplicable desde la perspectiva legal".
Por su parte, la Fiscalía Superior de Andalucía se ha mostrado "disconforme" con la sentencia ni con los argumentos que en ella se exponen puesto que, pese a que en un principio solicitaba 10 años de inhabilitación para el juez, el transcurso del juicio le llevó a modificar sus conclusiones hasta pedir la libre absolución.
En su voto particular, el magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) Jorge Muñoz Cortés aclara que "no se discuten" los hechos declarados probados por la sentencia, en la que se relata cómo el juez modificó el turno de custodia de un niño de 11 años de edad establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.
Así, el magistrado Jorge Muñoz dice que discrepa "exclusivamente" en la interpretación jurídica de estos hechos, para lo cual expone jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS) que le sirve para afirmar que "no cabe apreciar la existencia del tipo penal -prevaricación culposa- en la actuación desarrollada por el juez a tenor de la prueba practicada en el juicio y de los hechos que se presentan como probados", añadiendo que las circunstancias concurrentes en el presente caso "no permiten afirmar que nos encontremos ante una resolución injusta, ni tan siquiera en su vertiente procedimental o como prevaricación procesal".
Al hilo de ello, asevera que la actuación procesal del acusado "encuentra una explicación en derecho", ya que su conducta en la tramitación del procedimiento "aparece preordenada al otorgamiento de tutela judicial tuitiva al menor por la vía del artículo 158 del Código Civil", y a eso se suma que "no aparece indicio alguno en la causa por el que este juzgador aprecie elementos de convicción suficientes para alcanzar una conclusión distinta".
Así, expone que la conducta del juez Serrano "se circunscribe a atender el deseo del menor en orden a la asistencia a un acto procesional, prorrogando en 45 horas la custodia del padre sobre la base del deseo expresado por el menor en la comparecencia celebrada ante el propio juez", tras lo que pasa a analizar la forma en que el condenado asumió, entre los diferentes juzgados de Familia, la competencia funcional para conocer de las actuaciones. "Tal asunción de la competencia no permite tampoco inferir la existencia de una actuación manifiestamente injusta del acusado en la tramitación del procedimiento", subraya.

El fiscal encargado, ausente de su despacho

Asimismo, se refiere al hecho de que en la sentencia se "reproche" al juez que omitiera la audiencia de las partes y del fiscal y señala que, en cuanto a éste último, "no puede olvidarse que el juez se personó en Fiscalía a fin de recabar su parecer, produciéndose la circunstancia de que no se encontraba el fiscal encargado del despacho de sus asuntos, manifestando otra fiscal" que se encontraba allí que "el criterio decisor ordinario sería respetar la voluntad del menor", por lo que, "en tal situación, el acusado tuvo por evacuado el informe del fiscal".
Respecto a la posible omisión cometida por el juez en cuanto a la audiencia de los padres del pequeño, el magistrado asevera que "lo que debemos analizar no es tanto determinar cuales eran las diligencias pertinentes, sino si la actuación del juez al omitir tales trámites debe conducir a calificar su conducta como gravemente negligente dando lugar a la existencia de una resolución manifiestamente injusta", para lo cual analiza el concepto de urgencia consagrado por el artículo 158 del Código Civil, y concreta que "se trata de enjuiciar si tal actuación resulta explicable en términos jurídicos".
A su juicio, "no resulta posible abstraerse del marco concreto en que tuvo lugar la actuación del juez, de tal manera que lo relevante es si puede ser considerado como posible o explicable en derecho que, en el contexto de la Semana Santa sevillana y en el seno de una familia de tradición cofrade, las objeciones o dificultades que el menor encontrase para asistir al acto procesional resultasen acreedoras a la intervención judicial expuesta".
El magistrado dice que, en este punto, "no puede perderse de vista" la actuación de la Audiencia Provincial de Sevilla, que "ha ratificado la actuación judicial" del acusado. Así, tres magistrados "consideran que, a tenor de lo actuado, debía afirmarse la competencia del juez, la adopción de la resolución judicial y la legitimidad de la misma resolución dictada", por lo que "un órgano judicial colegiado valoró que las circunstancias concurrentes integraban el concepto de urgencia que habilitaba la actuación de que se trata".
Así, reconoce que, "ciertamente, se omiten diligencias, y tales omisiones pueden calificar la conducta del acusado como negligente en mayor o menor medida, pero no constituyen un apartamiento grosero e inexplicable de la realidad que convierta en típicamente antijurídica la actuación del juez", con la cual "puede discreparse, pero no puede afirmarse que carezca de un amparo jurídico que la convierta en una actuación prevaricadora".

La Fiscalía Superior, disconforme

La Fiscalía Superior de Andalucía, con sede en Granada, se ha mostrado este viernes disconforme con la sentencia que ha condenado al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano a dos años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Según ha informado el fiscal Arturo Gómez Pardo, que defendió la posición del Ministerio Público en el juicio que se celebró en el Alto Tribunal Andaluz la pasada semana, la Fiscalía Superior dispone de cinco días hábiles, a contar desde este 14 de octubre, para anunciar la interposición de recurso, si bien será la Fiscalía del Tribunal Supremo quien tiene la última palabra al respecto.
Así, independientemente de lo que decida la Superior, la del Supremo es la que tiene que elaborar, en su caso, el recurso contra el fallo del TSJA, que se notificó este jueves a las partes. "No sería la primera vez que nosotros anunciamos un recurso que después la Fiscalía del Supremo no presenta al entender que no tiene suficientes elementos para interponerlo", ha señalado Gómez Pardo.
Sobre el contenido de la sentencia, el fiscal ha afirmado que el Ministerio Público "no puede estar conforme" con los argumentos que en ella se exponen puesto que, pese a que en un principio solicitaba 10 años de inhabilitación para el juez, el transcurso del juicio le llevó a modificar sus conclusiones hasta pedir la libre absolución. No obstante, Gómez Pardo ha precisado que, de las tres posibilidades que se ofrecían al tribunal, la sentencia se decanta más con lo expuesto por la Fiscalía.

miércoles, 5 de octubre de 2011

TEDH:DERECHO A UN PROCESO EQUITATIVO Y EN TIEMPO RAZONABLE

http://cmiskp.echr.coe.int/tkp197/search.asp?sessionid=79437703&skin=hudoc-pr-en
TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

DERECHO A UN PROCESO EQUITATIVO Y EN TIEMPO RAZONABLE

El TEDH ha dictado sentencia no definitiva en el caso Ortuño Ortuño contra España (n° demanda 30350/07) en relación con la violación del artículo 6.1 (derecho a un proceso equitativo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El caso se refiere a un proceso de separación matrimonial y liquidación del régimen matrimonial de comunidad de bienes.
Dicho proceso fue declarado por el Juez de primera instancia de Orihuela en 1996 y la demandante solicitó en 1998 su ejecución con el fin de liquidar el régimen económico matrimonial.
La recurrente se quejó de la excesiva duración del procedimiento de ejecución, presentando varios recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, los cuales fueron inadmitidos. Tras agotar la vía nacional, la solicitante presentó demanda ante el TEDH argumentando la violación del artículo 6 del CEDH que establece el derecho a un proceso equitativo y a ser escuchado en un tiempo razonable.
 
El TEDH declara que se ha violado el artículo 6 del CEDH y sostiene que un período de más de 11 años desde la fecha de la decisión final de ejecución, no puede considerarse que cumple con los requisitos de “tiempo razonable” garantizado en el artículo 6.1 del CEDH, a pesar de la complejidad de la cuestión sobre la disolución de la comunidad de bienes y su valoración. Además establece una indemnización de 21.000€ por daños morales que deberá ser abonada a la demandante por el Estado español en un plazo de 3 meses desde que la sentencia sea declarada firme.

El fiscal retira la acusación de prevaricación contra el juez Serrano

Escrito por: Antonio Fernández Castillo el 05 Oct 2011 - URL Permanente

Cambio radical en el juicio por el cambio del turno de custodia de un menor para salir en una procesión

EL PAÍS - Granada - 05/10/2011
La Fiscalía ha modificado esta mañana sus conclusiones provisionales y ha pasado de pedir diez años de inhabilitación para el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por supuesta prevaricación a solicitar su libre absolución en el caso de la ampliación del turno de custodia de un menor para garantizar su salida en una cofradía de la Madrugá sevillana. El juez defendió al inicio de la vista que su actuación no causó daño.
Según ha señalado el representante del ministerio público en la última sesión del juicio que se sigue contra el magistrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla debería haber realizado pruebas antes de dictar su resolución.

Según el fiscal, el juez actuó de una manera "imprudente o negligente", toda vez que "obvió sin la suficiente consistencia la realización de algunos elementos de prueba como la audiencia del ministerio fiscal, de la madre e, incluso, del padre".

Sin embargo, la fiscalía no considera ninguno de los hechos como constitutivos de delito, por lo que ha dejado el caso en una situación totalmente distinta a la de su comienzo. El fiscal cree ahora que si hubo un comportamiento reprobable fue por dolo, pero en ningún caso prevaricación. La Audiencia de Sevilla ya se posicionó a favor del magistrado.

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/fiscal/retira/acusacion/prevaricacion/juez/Serrano/elpepusoc/20111005elpepusoc_3/Tes

http://www.elcorreoweb.es/sevilla/social/131749/fiscal/cambia/peticion/solicita/libre/absolucion/juez/serrano

http://www.diariodesevilla.es/sevilla/detail.php?id=1081237#opi

martes, 4 de octubre de 2011

Nos vamos de Feria.
PRIMERA FERIA DEL DIVORCIO EN ESPAÑA. Del 7 al 8 de Octubre.
http://www.feriadeldivorcio.com/
Estaremos en un stand, y con nosotros, nuestras camisetas amarillas, ideas, folletos, recogidas de firmas, pancartas....
¡¡¡¡Les esperamos!!!
Los interesados en colaborar, contactar con Manuel Barreiro (custodiacompartidalanzarote@yahoo.es)

miércoles, 28 de septiembre de 2011

Profesionales del Derecho arropan al juez Serrano y confían en su inmediata absolución

Profesionales del Derecho de Sevilla han expresado este martes su apoyo y respeto al juez de Familia Francisco Serrano, que será juzgado la próxima semana por un delito de prevaricación, lo que ha motivado que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le suspenda cautelarmente de sus funciones como titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla, y han confiado en su "inmediata" absolución.

En una nota, han opinado que las actuaciones desarrolladas por el juez respecto a la decisión tomada sobre la asistencia del niño como paje en la salida procesional de la Hermandad del Silencio "no supone motivo alguno para el drama personal que está sufriendo, pues se limitó a garantizar con eficacia el derecho fundamental a la libertad religiosa del niño de procesionar en la Madrugá sevillana, máxime después de que su decisión fue avalada en todos sus términos por la Audiencia Provincial".

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/09/27/andalucia_sevilla/1317139131.html

martes, 27 de septiembre de 2011

El porcentaje de divorcios con custodias compartidas aumentó del 9,2% al 12,8% en 2010

El porcentaje de divorcios en los que el juez ha establecido la custodia compartida alcanzó en Asturias el 12,8% en 2010, reflejando una subida de más de tres puntos respecto al 9,2% de 2009. La Asociación de Padres de Familia Separados atribuye este incremento en parte a la mayor concienciación social, y en parte a la recepción de su mensaje en favor de esta fórmula por parte de jueces, abogados y solicitantes.

http://www.20minutos.es/noticia/1168504/0/

lunes, 19 de septiembre de 2011

Domingo Bello Janeiro: ´El Gobierno debería modificar el Código Civil para priorizar la custodia compartida´

Defiende la custodia compartida porque, "salvo excepciones, es más beneficiosa tanto para los niños como para los propios progenitores" y anima a las comunidades a instar al Gobierno a modificar el Código Civil para establecer esta modalidad como opción preferente. "En Galicia sólo se otorga cuando hay un acuerdo previo entre los padres", lamenta el catedrático de Derecho Civil de la Universidade da Coruña Domingo Bello Janeiro, quien también respalda otros cambios en el ámbito del derecho de familia, como la sustitución del régimen matrimonial de gananciales por la separación de bienes, pues "hará más fáciles y baratos los divorcios"

http://www.laopinioncoruna.es/sociedad/2011/09/14/domingo-bello-janeiro-gobierno-deberia-modificar-codigo-civil-priorizar-custodia-compartida/532060.html